Parque móvil, propiedad infraestructura y transporte.
La diferenciación entre bienes y
servicios que fija la imposibilidad de almacenamiento la ingravidez como la
característica excluyente para los últimos es válida y extensible también
respecto al tiempo y a la oportunidad de la prestación (oferta) y del consumo (demanda)
de los servicios en este caso de transporte, diferenciación que induce transposiciones continuas en muchos
caso simultáneas entre activos privados y públicos y en definitiva activos
sociales que son los más importantes y que no son visibles en el cumplimiento
de los circuitos de prestación ni en los correspondientes estratos de
tributación en el diseño de los impuestos relacionados para las compensaciones
que corresponderían a las utilizaciones reiteradas de esos activos o a la
ocupación del espacio común, el parque móvil en los casos de todos los modos
puede ser privado o social por ejemplo, la infraestructura es en una gran
proporción activo o patrimonio social antes que activo privado también en
cualquiera de los modos con las excepciones que se dan y aunque en algunos
casos no estén directamente legitimadas por o en las interacciones
institucionales.
Etiquetas: políticas y planificación del transporte


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