sábado, 28 de febrero de 2015

Costos sociales, penalizaciones y transporte.



Los que conduciendo queden involucrados en accidentes que impacten sobre la vida de las personas deberían ser objeto de penalizaciones terminantes, como en esos casos puede ser una inhabilitación de por vida para conducir lo que compensaría más cercanamente las lesiones que quedan en la sociedad como consecuencia de esos desbarajustes que causa un individuo o un grupo de ellos que actúa irresponsablemente, sin excepciones que desarticulen los análisis que posteriormente a los hechos, pongan discrecionalidades diferentes para las evaluaciones de los casos que por lo general terminan en levantamientos de sanciones o de interpretaciones parciales y sesgadas sobre cumplimientos de los compromisos de las sanciones realizados por tribunales supuestamente competentes que no sirven para los dimensionamientos aproximados entre los costos y los retornos de los accidentes o de las alteraciones de equilibrios en los tránsitos de las personas y de las cargas, porque generalmente más allá de los costos particulares de los desequilibrios que causan los accidentes graves que, como tiene que ser, generan una redistribución patrimonial y privada y privativa determinada, hay costos sociales que por lo general no se contabilizan por sus invisibilidades momentáneas y que generalmente pasan a ser cuantitativamente más importantes a veces que las sumas de todos los costos individuales involucrados en los acontecimientos puntuales, como las repeticiones de eventos con efectos más serios o las ocupaciones de los espacios públicos por las comisiones que surgen por demoras en los procedimientos de resoluciones de conflictos, costos sociales que se manifiestan de maneras indirectas bajo la forma de economías externas negativas para el conjunto de la sociedad que proceden de hechos particulares y aunque se hayan saldado los desórdenes patrimoniales individuales causados por accidentes viales o del transporte, graves.

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